Cómo Empresa Pública, la ley nos permite celebrar contratos con Instituciones del Sector Público bajo las modalidades de RÉGIMEN ESPECIAL, RÉGIMEN COMÚN y MODELOS ASOCIATIVOS que guarden relación con nuestro giro específico del negocio y objeto social. Además, tenemos la plena capacidad de realizar procesos de contratación con organizaciones privadas, públicas y organismos no gubernamentales, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

 

CONTRATACIÓN CON ENTIDADES PÚBLICAS

 

RÉGIMEN ESPECIAL:

Es un procedimiento de contratación pública que permite ejecutar obras, bienes o servicios en menor tiempo a través de un proceso de contratación directo. Es decir, la Institución Pública, que tiene la necesidad, selecciona directamente a IKIAM E.P. Para que ejecute la obra o preste el servicio requerido. (Modelo público – público).

 

RÉGIMEN COMÚN:

Es un procedimiento de contratación pública que permite ejecutar obras, bienes o servicios a través de la participación en el portal de contratación pública. De acuerdo a los procedimientos de contratación establecidos en la LOSNCP.

 

RÉGIMEN ASOCIATIVO:

La empresa cuenta con un Reglamento de Asociatividad a fin de impulsar modelos de negocios asociativos al amparo de los Arts. 35 y 36 de la Ley Orgánica de empresas públicas.